SPARLAFTD para Personas Naturales y Jurídicas Obligadas en Ecuador
EcuadorCumplimiento en Prevención LA/FT para todo sujeto obligado
Además de los sectores con normativa sectorial específica, la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Combate del Delito de Lavado de Activos designa como sujetos obligados a otras personas naturales y jurídicas que, por el volumen o naturaleza de sus operaciones, deben reportar ante la UAFE. Líderes APLA evalúa si su actividad califica y diseña el SPARLAFTD correspondiente.

Elementos críticos
- Diagnóstico de calificación como sujeto obligado.
- Matriz de riesgo ajustada a la actividad económica específica.
- Elaboración del manual de prevención y procedimientos internos.
- Capacitación al representante legal y personal a cargo del reporte.
Implementación y reportes ante la UAFE
La implementación del SPARLAFTD en este sector se rige por la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Combate del Delito de Lavado de Activos y por las resoluciones de la UAFE. Como parte de nuestra Consultoría de LA/FT, entregamos la matriz de riesgo, el manual de prevención, la capacitación del Oficial de Cumplimiento y el acompañamiento en el envío de los reportes RESU y ROS. Solicite un diagnóstico para su organización.
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