SAGRILAFT para Factoring, Libranza y Multinivel en Colombia
Colombia Ver también: EcuadorSAGRILAFT para empresas de factoring vigiladas por Supersociedades
Las sociedades de factoring vigiladas por la Superintendencia de Sociedades (Supersociedades) deben implementar el SAGRILAFT completo por su sola actividad. Lo exige, sin umbral de ingresos ni de activos, el numeral 9.5.8 del capítulo IX de la Circular Básica Jurídica. La Circular Externa 100-000020 de 2026 rebautizó el SAGRILAFT como «Sistema de Autocontrol y Gestión de Riesgos LA/FT/FP y C/ST» y le sumó el Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE).
Un factor compra facturas y otros derechos de crédito antes de su vencimiento. Si el título es falso o el dinero del fondeador es ilícito, su empresa se vuelve el canal del lavado. Por eso Líderes APLA revisa cada eslabón: la factura, quien la endosa, quien debe pagarla y quien fondea.
¿Está obligada su empresa de factoring al SAGRILAFT?
| Supuesto | Condición o umbral | Supervisor | Norma |
|---|---|---|---|
| Factor vigilado por actividad | Operaciones desde 394.695,3 unidades de valor tributario (UVT) en el año anterior, o con más de 50 personas | Supersociedades | Decreto 1074 de 2015, art. 2.2.2.1.1.5, num. 5; CBJ, num. 9.5.8 |
| Factor vigilado por mandatos | Mandatos específicos con terceros para comprar facturas, en el año anterior o vigentes al cierre | Supersociedades | Decreto 1074 de 2015, art. 2.2.2.1.1.5, num. 6; CBJ, num. 9.5.8 |
| Libranza, multinivel, SAPAC y fondos ganaderos | Por actividad; las operadoras de libranza, solo si están vigiladas | Supersociedades | CBJ, num. 9.5.8 |
| Cualquier factor, vigilado o no | Verificar la procedencia de los títulos e informar operaciones sospechosas | Supersociedades (vigilancia o inspección) | Ley 1231 de 2008, art. 8 |
Los criterios de vigilancia son los del Decreto 1074 de 2015. El factor vigilado se inscribe en el Registro Único Nacional de Factores (RUNF) antes de operar, según el Oficio 220-305308 de 2026. Las ya obligadas se adecuan hasta el 31 de mayo de 2027 (num. 9.29).
Elementos del SAGRILAFT en el factoring
- Política y manual: aprobados con el compromiso escrito de la alta dirección (num. 9.7).
- Oficial de Cumplimiento: tiene comunicación directa con la junta directiva, domicilio en Colombia y acredita formación en riesgos LA/FT, como un diplomado de 90 horas (num. 9.9).
- Debida diligencia de contrapartes: cedente, pagador, fondeadores y mandantes, con su beneficiario final; intensificada con personas expuestas políticamente (PEP) (num. 9.15 y 9.17).
- Verificación de los títulos: procedencia, existencia y veracidad de cada título comprado (Ley 1231 de 2008, art. 8, y num. 8.52).
- Fondeo controlado: aportes de socios, crédito financiero, venta de cartera o mandatos de terceros; los mandatos específicos no pasan del 10 % del patrimonio (num. 8.47).
- Conservación: soportes por diez años (art. 28 de la Ley 962 de 2005).
Reportes ROS y plazos ante la UIAF
| Reporte | A quién | Plazo |
|---|---|---|
| Reporte de operación sospechosa (ROS) | Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF), por SIREL | Inmediato, una vez calificada la operación (num. 9.19) |
| Ausencia de ROS (AROS) | UIAF, por SIREL | 10 días calendario tras el trimestre sin reportes |
| Información del RUNF | Supersociedades | Antes de operar y cada año, con los estados financieros |
Un ROS no exige probar el delito ni es denuncia penal. El oficial principal y el suplente se registran en el SIREL.
Señales de alerta LA/FT en factoring y libranza
Según el numeral 9.20 y el Informe de Tipologías 2025 del GAFILAT:
- Facturas que parecen falsas, no reflejan una transacción real o están infladas.
- Sociedades de un mismo grupo que se facturan entre sí y descuentan facturas que nunca se pagan.
- Cedentes con poco capital o representantes legales sin perfil económico (testaferros).
- Dinero del exterior muy superior a las exportaciones, ingresado con facturas sin respaldo.
- Personas jurídicas sin beneficiario final identificable.
Sanciones por incumplir el SAGRILAFT
El factor que incumple el artículo 8 de la Ley 1231 de 2008 queda en causal de disolución. Además, Supersociedades puede multar a la empresa, sus administradores, el oficial y el revisor fiscal (num. 9.27). Las multas llegan hasta 200 salarios mínimos mensuales (Ley 222 de 1995, art. 86, num. 3) y se tasan en unidades de valor básico (UVB) (Ley 2294 de 2023, art. 313).
Cómo implementa Líderes APLA el SAGRILAFT en su empresa de factoring
- Diagnóstico: confirmamos si su sociedad es vigilada, si está en el RUNF y qué brechas tiene frente al capítulo IX.
- Matriz de riesgo y manual: dentro de nuestra consultoría de LA/FT, por cedente, pagador, tipo de título, fondeador y jurisdicción.
- Vinculación de cedentes y pagadores: formulario, beneficiario final y listas restrictivas en AplaSoft, antes de desembolsar.
- Reportes: protocolo para que originación escale una factura dudosa al Oficial de Cumplimiento; ROS y AROS por SIREL.
- Capacitación: oficial, junta directiva y área comercial, con cursos e-learning.
Marco legal y siglas: normativa de Colombia y glosario.
¿Su factor opera con mandatos de terceros o debe adecuarse antes de mayo de 2027? Pida el diagnóstico gratuito de su factor: sabrá si está vigilado y qué brechas cerrar.
Actualizado: octubre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Toda empresa de factoring debe tener SAGRILAFT?
¿Qué es el RUNF y quién debe inscribirse?
¿El Oficial de Cumplimiento puede atender varios factores?
¿Tengo que cambiar mi software para usar AplaSoft?
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