Pasar al contenido principal
Saltar al contenido
Especialistas en Prevención de LA/FT/FPADM
Hilera de vehículos nuevos estacionados en el patio de un concesionario en un día nublado
Concesionarios · Perú

SPLAFT para Concesionarios de Vehículos y Embarcaciones en Perú

Perú Ver también: Ecuador · Colombia

Sistema de prevención LA/FT para concesionarios de vehículos en Perú

En Perú, las empresas que venden vehículos nuevos desde US$15,000 por unidad, o embarcaciones nuevas desde US$10,000, deben implementar un SPLAFT. Las supervisa la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú). El Sistema de Prevención del Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo (SPLAFT) está en el artículo 40 de la Resolución SBS 789-2018. Alcanza a personas naturales con negocio y a personas jurídicas, sin importar su tamaño.

La venta de un auto nuevo mueve sumas altas y deja un bien fácil de revender. Para el GAFILAT, solo la banca y las notarías superan al comercio de vehículos como canal de lavado en la región (tipologías 2025). Si vende un solo modelo nuevo desde US$15,000, su concesionario ya es sujeto obligado.

Mano entregando la llave de un vehículo con el fondo desenfocado
Mano entregando la llave de un vehículo con el fondo desenfocado

¿Es su concesionario sujeto obligado al SPLAFT?

Supuesto Condición o umbral Supervisor Norma
Venta de vehículos nuevos Precio igual o superior a US$15,000 por unidad UIF-Perú Art. 3, num. 11, y art. 40
Venta de embarcaciones nuevas Precio igual o superior a US$10,000 por unidad; arqueo bruto menor a 100 UIF-Perú Art. 3, num. 11 y 18, y art. 40
Reporte de operaciones sospechosas Cualquier monto UIF-Perú Art. 23

Es nuevo el vehículo sin uso, con hasta 100 km en el odómetro y año de fabricación o modelo reciente (art. 3, num. 51). La venta de usados queda fuera de este capítulo. Con varias actividades obligadas se implementa un solo SPLAFT (art. 4.6).

Elementos del SPLAFT en un concesionario

  • Oficial de Cumplimiento: persona natural con experiencia en el sector o en prevención LA/FT y vínculo directo con la empresa (art. 6). El gerente general solo puede serlo en empresas MEPECO (medianos y pequeños contribuyentes ante la SUNAT) de hasta diez trabajadores (art. 5.5).
  • Debida diligencia del comprador: identidad, ocupación, condición de PEP y propósito de la compra. Si paga en efectivo sobre el umbral, también el origen de los fondos (art. 16.1).
  • Régimen reforzado: obligatorio con no residentes, no domiciliadas, fideicomisos, PEP y sus parientes, e investigados por lavado (art. 16.2).
  • Beneficiario final y proveedores: identificar a quien controla la empresa compradora y conocer a los proveedores (arts. 14 y 18).
  • Manual de prevención y código de conducta: aprobados, difundidos y actualizados (art. 24).
  • Capacitación: al menos anual, más inducción del personal nuevo en 30 días (art. 20).

ROS, registro de operaciones y plazos ante la UIF-Perú

Obligación A quién Plazo
Registro de operaciones (RO) UIF-Perú, por el Portal PLAFT Registro el día de la operación; envío según la periodicidad de la SBS
Reporte de operación sospechosa (ROS) UIF-Perú, por ROSEL Máximo 24 horas desde su calificación
Designación del Oficial de Cumplimiento UIF-Perú, por SISDEL 15 días hábiles desde la designación
Remoción o vacancia del oficial UIF-Perú, por SISDEL 5 días hábiles; vacancia máxima de 30 días
Informe anual del Oficial de Cumplimiento (IAOC) UIF-Perú, por el Portal PLAFT Aprobado en 30 días y enviado hasta el 15 de febrero

El registro de operaciones (RO) del concesionario anota el precio total de venta. Cuenta la fecha del comprobante o del primer pago (art. 40, num. 10). Los registros se conservan al menos cinco años (art. 31).

Señales de alerta en la compraventa de vehículos

  • Pago en efectivo sin explicar el origen del dinero.
  • Comprador que actúa para un tercero o pide facturar a nombre de otro.
  • Un cliente compra varias camionetas en pocas semanas sin negocio que lo explique.
  • Pagos parciales de ordenantes sin vínculo con el comprador.
  • Comprador no residente o empresa no domiciliada sin propósito claro de compra.
  • Empresa compradora sin beneficiario final identificable.

Sanciones por incumplir el SPLAFT

Si su concesionario es persona jurídica, una infracción muy grave puede costarle de 7 a 100 unidades impositivas tributarias (UIT); la grave, de 2 a 20 (art. 17). Sanciona la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), a través de la UIF-Perú, con el Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Resolución SBS 8930-2012. Para una persona natural con negocio, las multas van de 0.15 a 15 UIT.

Cómo implementa Líderes APLA el SPLAFT en concesionarios

  1. Diagnóstico: unidades y precios que vende, situación de su oficial en SISDEL y lista de brechas.
  2. Matriz de riesgos y scoring de compradores: por modelo, forma de pago, financiamiento y no domiciliados.
  3. Manual y código de conducta: formulario del comprador, origen de fondos en efectivo y procedimiento del RO, dentro de nuestra consultoría de LA/FT.
  4. Herramientas: AplaSoft revisa a cada comprador en listas de control.
  5. Capacitación: oficial, vendedores de piso y caja, con cursos e-learning. Vea la normativa de Perú y el glosario.

Hemos asesorado a concesionarios automotrices en Perú.

¿Vende autos o embarcaciones nuevas sobre el umbral? Hablemos del SPLAFT de su concesionario, sin costo ni compromiso.

Actualizado: octubre de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Un concesionario que vende autos de menos de US$15,000 está obligado?
<p>No por esas ventas: en Perú, el SPLAFT solo obliga por la venta de vehículos nuevos de US$15,000 o más por unidad. Si vende algún modelo sobre ese precio, debe tener SPLAFT.</p>
¿Puedo fijar un umbral de registro menor?
<p>Sí, según su análisis de riesgo o el perfil del cliente (art. 40, num. 10).</p>
¿Mi concesionario necesita auditoría del SPLAFT?
<p>Sí, si es persona jurídica, salvo que la SBS la exima (art. 40, num. 17). La interna la hace auditoría o un gerente distinto del oficial; su informe va anexo al IAOC (art. 33). La externa solo aplica si la ley le exige auditores externos (art. 34).</p>
¿Y si mi concesionario ya tiene manual de prevención?
<p>El diagnóstico gratuito parte de él y le entrega la lista de brechas.</p>
Contacto

Cuéntenos qué necesita su empresa

Complete el formulario y un especialista le responderá a la brevedad con el alcance para su sector. Sin costo y sin compromiso.